Seguros

¿Qué información pedirle al asegurado después de un robo?

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Persona completando un formulario en papel
Respuesta corta

Lo que hace falta para tramitar y, si aparece, reconocer el bien: denuncia, fotos, factura o comprobante, número de serie y una descripción de cómo lo reconocería el asegurado. Conviene pedirlo todo junto, en un formulario ordenado, y no pedir datos que el caso no necesita. El aviso al seguro tiene un plazo de tres días según la Ley de Seguros (17.418, artículo 46). Siempre verificarlo en la póliza o el contrato de seguro.

Paso a paso

  1. Recibir el aviso y confirmar el plazo. Tres días desde que se conoce el robo, según la Ley de Seguros. Siempre verificarlo en la póliza o el contrato de seguro.
  2. Mandar un solo formulario. Con todo lo necesario y una explicación de para qué sirve cada dato.
  3. Pedir la denuncia primero. Si no la hizo, indicarle dónde hacerla. Si ya la hizo, pedir número y fiscalía.
  4. Pedir lo que identifica al bien. Número de serie, factura, fotos y rasgos propios.
  5. Revisar que esté completo. Antes de pasar el caso a liquidación, para no volver a pedir.
Formulario para el asegurado

Número de póliza: Nombre y teléfono de contacto: Fecha, hora aproximada y lugar del robo: Qué pasó, en pocas líneas: Qué se robaron (marca, modelo, color): Número de serie, IMEI o similar: Factura o comprobante (adjuntar): Fotos del bien de antes del robo (adjuntar si las hay): Fotos del lugar como quedó (adjuntar): Cómo lo reconocería (raspones, calcomanías, accesorios, grabados): Denuncia: número, fecha y dependencia o fiscalía: El aviso al seguro tiene un plazo de tres días desde que se conoce el robo. Siempre verificarlo en la póliza o el contrato de seguro.

Qué pedir y por qué

  • Denuncia: número, fecha, dependencia o fiscalía. Es la base del siniestro y del recupero.
  • Fotos: del bien antes del robo, si las hay, y del lugar como quedó.
  • Factura o comprobante: para acreditar la propiedad y el valor.
  • Número de serie, IMEI o similar: es lo que identifica al bien sin dudas.
  • Cómo lo reconocería: raspones, calcomanías, accesorios, grabados o cualquier detalle propio.
  • Relato breve: dónde y cuándo pasó, qué hacía antes y qué hizo después, con sus palabras.

La Resolución SSN 38.477/2014 sugiere obtener al momento de la denuncia información espontánea, inmediata y directa sobre modo, tiempo y lugar. El mismo texto pide no abusar de los pedidos de información e indicar con claridad qué documentación aportar.

Sin datos de más

Todo lo que se pide es un dato personal y queda alcanzado por la Ley 25.326 de protección de datos personales. Conviene pedir solo lo que el caso necesita, explicar para qué se usa y guardarlo con cuidado. Un formulario corto y claro también llega más completo.

Si el asegurado todavía no hizo la denuncia, indicarle dónde: en la Ciudad de Buenos Aires, buenosaires.gob.ar/justiciayseguridad/denuncias; en la Provincia, seguridad.gba.gob.ar.

Preguntas frecuentes

¿Se puede tramitar sin factura?

Depende de la póliza. Otros comprobantes, fotos o la caja con el número de serie pueden ayudar a acreditar la propiedad.

¿Qué pasa si el asegurado avisa después de los tres días?

Depende de la póliza y del caso. Conviene revisar lo que dice el contrato y consultar con el área legal.

¿Hace falta pedirle el relato con detalle?

Un relato breve de antes, durante y después del hecho alcanza para empezar. Si el caso lo necesita, se amplía.

Otras guías

Esta guía es orientativa y no reemplaza el consejo de la fiscalía o de un abogado. Los enlaces llevan a las fuentes oficiales.