¿Qué dice la ley argentina sobre privacidad y cámaras de videovigilancia?
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En Argentina, las imágenes de personas tomadas por cámaras de seguridad son datos personales protegidos por la Ley 25.326. La Disposición 10/2015 de la AAIP fija las condiciones: avisar con un cartel visible, usar las imágenes solo para seguridad, no captar más de lo necesario, definir un plazo de conservación y borrarlas al vencer, y protegerlas de accesos no autorizados.
Lo mínimo para un comercio o un edificio con cámaras
- Poner el cartel. Visible, con el aviso de cámaras, el fin y el responsable con su contacto.
- Apuntar solo a lo necesario. El propio predio y su perímetro, sin invadir la vía pública ni a terceros más de lo inevitable.
- Definir el plazo. Cuántos días se guarda y borrar al vencer.
- Limitar el acceso. Quién puede ver y exportar grabaciones, con clave propia.
- Dejarlo por escrito. Un manual simple con lo anterior.
Lo que pide la Disposición 10/2015
- Cartel. Debe indicar que hay cámaras, para qué se graba y quién es el responsable, con domicilio y contacto. No hace falta marcar dónde está cada cámara. La disposición incluye un modelo de cartel.
- Finalidad. Las imágenes no pueden usarse para un fin distinto del que motivó la grabación.
- Lo necesario y nada más. Evitar captar detalles que no hacen a la seguridad y no instalar cámaras en lugares que invadan la intimidad.
- Plazo. Determinar por cuánto tiempo la grabación es útil y eliminarla al vencer.
- Seguridad. Medidas para que las imágenes no se adulteren, se pierdan ni se consulten sin autorización.
- Derechos. La persona grabada puede pedir acceso, rectificación o supresión.
- Manual. Por escrito: forma de recolección, lugares y horarios, plazo de conservación y medidas de seguridad.
El texto completo está en la Disposición 10/2015 de la AAIP, que se apoya en la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales. La Agencia de Acceso a la Información Pública es el organismo de control.
Cómo trabaja Halcón Digital con esto
- En la computadora de quien investiga. Siempre que se puede, el video se procesa en el equipo de quien lleva la causa, sin subirlo a otro lado.
- Sin reconocimiento facial. No identifica personas por la cara.
- La persona decide. La herramienta propone momentos para revisar; quien investiga mira y decide qué sirve.
- El original no se toca. Se trabaja sobre copias y el archivo original queda como llegó.
Preguntas frecuentes
¿Puedo poner una cámara que mire la calle?
La disposición permite grabar el propio predio y su perímetro; la vía pública o lo ajeno, solo en lo inevitable y al mínimo necesario.
¿Hay un plazo máximo de días?
No hay una cifra fija. Cada responsable define el plazo según su utilidad y borra al vencer.
¿Puede una persona pedir ver lo que se grabó de ella?
Sí. La ley le da derecho de acceso, rectificación o supresión, en los términos de la Ley 25.326.
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Esta guía es orientativa y no reemplaza el consejo de la fiscalía o de un abogado. Los enlaces llevan a las fuentes oficiales.